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12/Abr/24 10:36
Vehiculo en comodato ¿deducibles?

Buenos días.

Persona moral, no cuenta con vehículos, por lo que con algunos empleados se realizó contrato de comodato para sustentar la deducción por mantenimiento, gasolina, y demás gastos inherentes al uso para el trabajo que se hace de dichas unidades.

Entre estas unidades, hay desde vehículos como NISSAN Marcha, hasta otros como una Pathfinder, en el caso de la unidad Pathfinder, es de uno de los socios.

¿Hay alguna limitante para la deducción de los gastos que se hagan por estas unidades? Por aquello de que uno es de los socios y superar el tope de $175,000

Saludos.

Editado: Abril 12, 2024 10:37:20
 
 
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12/Abr/24 15:40
Re: Vehiculo en comodato ¿deducibles?

Artículo 27 LISR. Las deducciones autorizadas en este Título deberán reunir los siguientes requisitos:
I. Ser estrictamente indispensables para los fines de la actividad del contribuyente, salvo que se
trate de donativos no onerosos ni remunerativos, que satisfagan los requisitos previstos en
esta Ley y en las reglas generales que para el efecto establezca el Servicio de Administración
Tributaria y
 
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